Obligaciones Laborales Del
Empleador
Cesantías
15 de febrero o al terminar el
contrato 30 dias de salario. Al 31 de diciembre se toma como base el último
salario mensual si no ha tenido variaciones en los últimos 3 meses, de lo
contrario y en el de los salarios variables, será el promedio de lo devengado
en el último año de servicios o todo el tiempo si fuere menor.
Intereses de cesantías
30 de enero o al terminar el contrato 12%
anual sobre los saldos de las cesantías a 31 de diciembre o en la fecha de
retiro del trabajador o de liquidación parcial, en forma proporcional al tiempo
de servicios, transcurrido entre la fecha señalada y el retiro.
Prima de servicios
Ultimo dia de junio y dentro de
los primeros 20 dias de diciembre 15 dias de salario promedio mensual de lo
devengado en el respectivo semestre o proporcional por fracción.
Vacaciones
no tiene fecha determinada, en el año
siguiente con aviso de 15 dias 15 dias habiles consecutivos de descanso
remunerado por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año.
Auxilio de transporte
Pago mensual. Suma fija que
establece el gobierno por decreto se paga a trabajadores que devenguen hasta 2
salarios minimos legales vigentes y su residencia sea a más de mil metros de la
empresa (1 km.)
Calzado y vestido de labor
Abril 30, agosto 31 y 20 de
diciembre se paga a los trabajadores que devenguen hasta 2 veces el salario
minimo legal y lleven mas de 3 meses de servicio a la fecha de entrega. Con
excepcion de aquellas labores que requieran de protección o vestido especial
desde el primer dia.
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